Contamos con el servicio de Elementos Ortopédicos:
- Muletas
- Sillón de ruedas
- Cama ortopédica
- Bastones canadienses
- Andador
- Bastón trípode
La entrega es inmediata
Desde hace años, nuestra Cooperativa cuenta con un banco de elementos ortopédicos estándares y reutilizables y sujeto a normas.
La modalidad es el préstamo a título gratuito por 90 días, con la sola condición de ser asociado a nuestro Servicio Solidario de Sepelio y la certificación de un profesional médico de que esa persona necesita la utilización de dicho elemento.
Se puede, a través de la decisión del Consejo de Administración, otorgar otro/s período/s iguales (hasta 3 períodos más) y luego si el asociado necesitare definitivamente el elemento ortopédico, se lo puede vender en un plan de financiación acorde a posibilidades de pago de cada persona. Cabe agregar que ya se ha concretado la entrega de una cama ortopédica y un sillón de ruedas a dos socios y colaboradores de nuestra Cooperativa, con la satisfacción de poder, mediante este aporte mínimo mejorar la calidad de vida de cada uno de ellos
Quienes no son asociados del Servicio Solidario de Sepelios, le ofrecemos adherirse a nuestro sistema, con precios promocionales, muy inferiores a otras empresas funerarias y con los detalles y beneficios ya enunciados.
Pueden solicitar información, asesoramiento y/o promotores:
Tel: 03405-470201/202
Correo electrónico: administración@coservhel.com.ar
Nuestras oficinas: Rivadavia 1297 Helvecia.-
¿Quienes pueden solicitarlo?
- Cualquier persona con el certificado médico correspondiente
- El socio con la boleta al día no debe abonar nada por el servicio
- Al NO SOCIO se cobra el alquiler del mismo
La prioridad siempre es para nuestro socio
Reglamento Servicios Sociales
Condiciones del uso de elementos de ortopedia
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:
El servicio de uso de elementos de ortopedia reutilizables y estándares consistirá en la provisión de camas ortopédicas, sillas de ruedas, andadores, bastones, muletas, trípodes, y todos aquellos elementos no listados aquí y que el Consejo de Administración estime necesarios para satisfacer las necesidades transitorias de nuestros asociados, que se ajustará a la calidad, precio, características y consideraciones definidas en el presente Reglamento.
DE LA PROVISIÓN:
Los elementos ortopédicos se darán en carácter de préstamo a plazo determinado a todos los asociados y a su grupo familiar que se encuentren adheridos al Sistema de Prestación del Servicio Solidario de Sepelios y según disponibilidades existentes de los mismos.
REQUISITOS PARA HACER USO DEL SERVICIO:
Además de cumplimentar con los requisitos administrativos establecidos en el presente Reglamento, se deberá presentar una solicitud firmada por profesional actuante, donde fundamente la solicitud y establezca a su criterio el plazo de uso. El plazo de préstamo no podrá exceder los noventa (90) días corridos. Vencido ese plazo, se deberá solicitar nuevamente el elemento en las condiciones ya enunciadas. El Consejo de Administración, a su criterio, podrá denegar los pedidos y/o renovaciones.
MORA EN EL REINTEGRO DE LOS ELEMENTOS:
Cuando no se cumplan con los plazos de devolución previamente establecido, el Consejo de Administración queda facultado para cobrar una multa equivalente a PESOS CINCO ($ 5,00) por cada día de mora en el reintegro, no generando este ultimo supuesto derecho a mantener indefinidamente el uso del elemento, sino simplemente obligando al usuario a pagar el canon establecido hasta su devolución. Lo antedicho es sin perjuicio de cualesquiera otra acción legal que proceda en los casos de inobservancia denunciados ut supra.
PROHIBICIONES:
El préstamo de elementos ortopédicos lo realiza exclusivamente la Cooperativa, quedando terminantemente prohibido a los asociados y/o a sus adherentes prestar por ellos los elementos de la Entidad. El no cumplimiento será considerada falta grave y genera a la Cooperativa a pedir la inmediata devolución de los elementos con mas una multa diaria de PESOS CINCO ($ 5,00) desde que se efectúe el préstamo en forma antirreglamentaria, con mas los daños y/o perjuicios pertinentes.
DE LAS ROTURAS:
Los elementos deberán ser devueltos en las condiciones óptimas en la que les fueron entregados, salvo el deterioro normal de su uso. Si se observasen roturas, las mismas deberán ser compensadas.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA:
Para cualquier controversia relacionada con el presente, las partes se someten a los Tribunales ordinarios de la Provincia de Santa Fe.
DERECHO DE RESCICION:
La Cooperativa se reserva el derecho de dejar sin efecto cualesquiera préstamo en el supuesto de anoticiarse de un mal uso de los elementos provistos sin generar para el usuario derecho a efectuar reclamo de ninguna naturaleza.